Reglamento General Olímpico

1 – El presente Reglamento General tiene por objeto ordenar, facilitar y aunar los criterios entre las distintas Instituciones de Ingenieros del país y del exterior a fin de que en cada Juego Olímpico, se garanticen las condiciones éticas y finalidades deportivas de los certámenes entre profesionales de la Ingeniería.

2 – Cada Centro, Colegio o Agrupación que nuclee a Ingenieros con residencia y representatividad dentro del País o del exterior, tiene derecho a participar en todas las disciplinas deportivas implantadas en cada Juego Olímpico.

3 – Los participantes de cada Delegación deberán ser Ingenieros en cualquiera de las especialidades reconocidas oficialmente.

4 – La Institución, o Entidad que los nuclee, representativo del lugar donde se desarrolle el evento Olímpico de ese año, constituirá el Comité Olímpico Organizador, que deberá comunicar e informar a las demás Instituciones de Ingenieros, con al menos, noventa días de anticipación, las características de los Juegos Olímpicos a celebrarse en ese lugar.

5 – Con treinta días de anticipación (antes del 20-09-2011) a la competencia olímpica, los Centros Profesionales interesados, deberán confirmar su participación, informando sobre la cantidad de personas en la Delegación y los deportes en que intervendrán.

6 – Los horarios establecidos para cada disciplina deberán respetarse estrictamente a fin de asegurar las condiciones organizativas del certamen.

7 – En cada Juego Olímpico se formará un Tribunal de Disciplina integrado por tres delegados representativos de tres entidades participantes el cual estará en funciones desde el momento de su formación, durante todo el Juego Olímpico y hasta la formación del próximo tribunal en los próximos Juegos Olímpicos. La función de este Tribunal será la de aplicar el régimen disciplinario vigente y su decisión será inapelable.

8 – En caso de existir alguna anomalía en el comportamiento de alguna Delegación o de alguno de sus miembros, el Comité Olímpico Organizador se reserva el derecho de sancionar como corresponda a dicha Delegación o persona, siendo la pena máxima la eliminación por tiempo indeterminado de los Juegos Olímpicos.

9 – En todas las pruebas de cada deporte el Comité Olímpico designará un veedor cuya función será la de informar lo acontecido en el campo de juego.

10 – El día del comienzo oficial de los Juegos Olímpicos, deberá hacerse presente en la sede del Evento, un representante de cada entidad participante. La no concurrencia de dicho delegado implicará el total acatamiento de lo resuelto en la reunión de delegados.

11 – En caso de adversidades climáticas, el Comité Olímpico Organizador se reserva el derecho de determinar la modalidad a seguir, dependiendo del momento en que se vean afectadas las competencias, pudiendo llegarse a casos extremos que una definición se realice mediante un sorteo con la participación de todos los Delegados.

12 – Los equipos deberán presentarse con indumentaria distintiva respecto de los equipos rivales, con numeraciones ser perfectamente visibles y sin existir repetición.

13 – En cada disciplina o categoría deberá existir un delegado o capitán, quien será el encargado de relacionar a su equipo con el árbitro o veedor del encuentro.

14 – El Comité Olímpico Organizador proveerá de los elementos deportivos necesarios solo para el desarrollo de los distintos deportes, debiendo las Delegaciones suministrarse sus propios elementos para los movimientos de práctica y pre-competitivos.

15 – La no presentación de un equipo al juego programado en la etapa clasificatoria implicará la eliminación automática de ése equipo del torneo y la aplicación de una multa de
$ 200,00.- (pesos doscientos).

En dicho caso se asignara a ese partido y al próximo programado donde participe el equipo que no se presento, si lo hubiere, un resultado de 1-0 para fútbol, 20-0 para básquet, 2-0 (25-0 y 25-0) para voley, 2-0 para Tenis y 12-0 para bochas, en contra del equipo que no se presentó. Los resultados anteriores a la no presentación permanecen inalterables.

Esta cláusula tiene el espíritu de sancionar la no presentación de los equipos a los cotejos programados durante la etapa clasificatoria.

16 – Para que una disciplina o categoría, integrada en su totalidad por Ingenieros, sea considerada como oficial, deberá contar con tres o más participantes.

17 – Todos los participantes, para poder participar deberan estar debidamente acreditados y haber abonado la inscripción individual.

18 - Los participantes deberán presentar en cada cotejo/prueba la Constancia de Acreditación a los veedores para poder participar.

19 – Por Delegación se podrá contar con Invitados Especiales (Profesionales No Ingenieros) para formar parte de los equipos en las disciplinas de conjunto de fútbol, basquet y voley. Los mismos deberán ser informados en la primer Reunión de Delegados en la planilla “Declaración de Invitados Especiales”, a saber:

- 2 (dos) invitados especiales para delegaciones de 0 a 49 participantes ingenieros.

- 3 (tres) invitados especiales para delegaciones de 50 a 74 participantes ingenieros.

- 4 (cuatro) invitados especiales para delegaciones de más de 74 participantes ingenieros.

20 – Solo en los deportes de conjunto podrán participar los Invitados Especiales, no más de 1 (uno) Invitado Especial por equipo.

 

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